lunes, 28 de noviembre de 2016

Pregunta de derecho : según el código penal o incluso el civil de 1944 y 1963 si un menor de edad cometía un delito quién pagaba, el menor o su tutor legal?

Sanchez Bermejo Abogados Homicidio en el Código Penal Español David Sanchez Bermejo hace 9 meses El homicidio es un delito que consiste en una acción u omisión que atenta contra la vida de una persona física acabando con la misma. En el Código Penal Español se tipifica en el título primero del libro segundo. Acorde a esta norma se considera que ha cometido homicio a aquella persona que mate a otra. El castigo por cometer homicidio es de prisión de 10 a 15 años. Ahora bien, el homicidio es una figura que hay que estudiar en profundidad pues por su gravedad tiene muchos preceptos que especifican algunas conductas típicas. Homicidio en el Código Penal Español homicidioComo ya he dicho, será homicidio cuando una persona mate a otra, mediante una acción u omisión, y le prive de su vida. Además, la pena en el delito de homicidio será de prisión de 10 a 15 años. Pero además, la pena será superior en grado si se da alguna de las siguientes circunstancias: La víctima es menor de 16 años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad. El hecho es subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima. El delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal. Cuando los hechos sean además constitutivos de un delito de atentado. Asesinato en el Código Penal El Código Penal indica que será castigado con la pena de prisión de 15 a 25 años por asesinato aquella persona que mate a otra dándose alguna de estas circunstancias: Alevosía. Precio, recompensa o promesa. Ensañamiento, aumentando deliberada o inhumanamente el dolor del ofendido. El asesinato sirve para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra. Si no es sólo una de las circunstancias la que se da, sino que concurren más de una, se impone además la pena en su mitad superior. Prisión permanente revisable en el asesinato La ley señala que el asesinato será castigado con pena de prisión permanente revisable cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: La víctima es menor de 16 años de edad, o se trata de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad. El hecho es subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima. El delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal. Se asesina a más de dos personas. En este caso además tendrá que cumplir el reo mayores requisitos, esto es mayor tiempo en prisión, para poder acceder al tercer grado o a la suspensión de la ejecución de la sentencia. Homicidio imprudente Si se causa la muerte de otra persona por una imprudencia grave, el Código Penal indica que esa persona será castigada con una pena de prisión de a 1 a 4 años. En función de cómo se cometiese dicha imprudencia, habrá otras inhabilitaciones especiales, así encontramos que: Si el homicidio se comete utilizando un vehículo a motor o ciclomotor, se impondrá también la pena de privación del derecho a conducir este tipo de vehículos de 1 a 6 años. Si el homicidio se comete utilizando un arma de fuego, se impondrá también la pena de privación del derecho al porte o tenencia de armas por tiempo de 1 a 6 años. Si el homicidio se comete por imprudencia profesional, se impondrá además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de 3 a 6 años. Homicidio imprudente menos grave Si una persona acaba con la vida de otra por una imprudencia menos grave será castigada con pena de multa de 3 a 18 meses. Ocurre lo mismo que en el caso anterior y habrá que estar también a cómo ocurrió el hecho para comprobar si se está afecto a mayor castigo, de manera que: Si el homicidio se comete utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor, se podrá imponer también la pena de privación del derecho a conducir de 3 a 18 meses. Si el homicidio se comete utilizando un arma de fuego, se podrá imponer también la pena de privación del derecho al porte o tenencia de armas por tiempo de 3 a 18 meses. Provocación, conspiración y proposición para cometer homicidio Si una persona provoca, conspira o propone a otra la comisión de homicidio o asesinato, será castigada también esta persona con una pena inferior en uno o dos grados a la que he señalado anteriormente en cada caso. Inducción y cooperación al suicidio Por último nos encontramos en este título del Código Penal la inducción al suicidio. Si una persona induce a otra al suicidio será castigada con la pena de prisión de 4 a 8 años. Por otro lado, nos encontramos varias figuras que constan como colaboradores al suicida y que también serán castigados por la ley, así: La persona que coopere con actos necesarios para el suicidio de una persona, tendrá una pena de prisión de 2 a 5 años. La persona que coopere con otra para su suicidio realizando actos hasta el punto de ejecutar la muerte, será castigada con la pena de prisión de 6 a 10 años. En casos de que una persona colabore con otra a suicidarse y exista enfermedad grave de la persona que quiera suicidarse y que conduciría necesariamente a su muerte o que produzca graves padecimientos y siempre que conste la petición expresa, seria e inequívoca de esta persona a suicidarse, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados respecto a los dos casos anteriores de cooperación en el suicidio. 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Soliloquio : + t+ He ido a encender una linterna que es mía y no daba luz. Pensé que no tenia pilas y la he abierto y entonces vi que estaba llena de materia fecal por dentro.

Sereno, sereno, son las 7 y sin novedad!

sábado, 12 de noviembre de 2016

Recogida de alimentos en España para el Banco de Alimentos el viernes 25 de noviembre, sábado 26 de noviembre y domingo 27 de noviembre. Ya sabéis que los alimentos más apropiados son arroz, pasta, legumbres, legumbres cocidas, galletas, latas de conserva y carne 9 proteínas ), y cajas de papilla. Te volveré a pasar la tarjeta de crédito para que conste porque nada hasta ahora constaba en mi vida aunque dice el refrán que Caridad y amor no quieren tambor. También hay un refrán que dice Lo olvidado ni agradecido ni pagado. Como el Vaticano está lejos de España pues que sepan que tengo estas cosas en cuenta. También pasaré la tarjeta de puntos del supermercado y así los acumuló porque sino los pierdo.


http://granrecogidamadrid.org/

Tickets supermercado. Ahorro millones de euros y árboles cortados. Las grandes cadenas de tiendas y supermercados dan una tarjeta electrónica para acumular puntos y ofertas y en sitios como el Decathlon y el carrefour para hacer una devolución no hace falta el tickets si se pasa la tarjeta al hacer la compra. Una idea es poner una máquina a la salida del supermercado para que la gente que quiera imprima el tickets que necesite. Esto se puede ir haciendo ya porque se le puede dar la opción en caja al cliente de darle el tickets o no porque habrá gente que quiera papel siempre pero por ejemplo a mi no me hace falta. La máquina si es buen servicio al cliente porque libera a las cajeras de hacer copias y la gente que decide vivir sin luz o no tiene ordenador no tiene que dar explicaciones. El carrefour ya tiene máquinas de estas para consultar los puntos a la entrada del supermercado y sólo hace falta un cambio de programación y conectarle una impresora de tickets. La máquina de la entrada puede estar en modo ahorro de energía hasta que un cliente quiera usarla.